Preguntas Frecuentes

La Ley BIC no otorga beneficios explícitos a las empresas que adopten la categoría. Sin embargo, las empresas podrán:

  1. Mostrar la veracidad de la intención de ser una empresa con propósito de triple impacto.
  2. Proteger el propósito de la empresa a largo plazo.
  3. Tener un real y potencial reconocimiento por parte de los organismos públicos y privados.
  4. Obtener mayor credibilidad frente a los diferentes grupos de interés.
  5. Evitar que cualquier socio o accionista inicie un proceso en contra de la Sociedad BIC por incumplimiento.

Poder difundir todo tipo de publicidad relacionada a los beneficios de ser una Sociedad BIC.


  • a. No es complejo. Toda empresa existente que haya sido constituida bajo uno de los tipos societarios de la ley general de sociedad puede adaptarse a ser una Sociedad BIC; asimismo, toda nueva empresa que quiera constituirse puede hacerlo bajo el modelo BIC desde sus inicios. No obstante, es importante que los accionistas de aquellas empresas identifiquen cuál es su propósito de beneficio social y ambiental.
  • b. Pasos :
    • i) Aclarar cuál es su propósito social y ambiental aparte de la generación de ingresos económicos.
    • ii) Reformar sus estatutos para que públicamente declaren que efectivamente se están concentrando en el impacto social y ambiental aparte de la generación de ingresos. Este proceso suele tomar entre 60 y 90 días.. Pasos específicos:
      • (1) Llevar adelante una junta general de accionistas en la que se oficialice el cambio de estatutos. Normalmente un abogado elabora el acta que oficializa este cambio.
      • (2) Contactar a Notaría para que se oficialice el acta en el libro de escrituras públicas.
      • (3) Contactar a Notaría para que se oficialice el acta en el libro de escrituras públicas.

  • Costos aproximados de proceso legal:
    • Servicio de asesoramiento legal para la modificación del estatuto: S/ 1,500
    • Tarifas por escritura pública: S/ 950
      • Derechos notariales: S/ 650
      • Acta y minuta: S/ 300
    • Tasa registral: S/ 50
    • Total: S/ 2,450

  1. La empresa se compromete a trabajar por el cumplimiento del propósito social o ambiental indicado en los estatutos de la empresa.
  2. La empresa deberá presentar y aprobar en junta general de accionistas un plan estratégico enfocado cómo la empresa planear aportar al propósito consignado en sus estatutos. Esto se deberá presentar 60 días calendario luego de haber inscrito a la empresa como Sociedad BIC en SUNARP.
  3. La empresa deberá realizar un informe de gestión anual donde se evidencie cómo la empresa ha generado impactos positivos o reducido impacto negativos relacionados a su propósito. Este reporte deberá ser desarrollado en los tres primeros meses del año y deberá ser publicado 10 días hábiles después de su presentación a la junta general de accionistas. La empresa podrá enviar su informe de gestión a Produce para ser publicado la página web: https://sociedadesbic.produce.gob.pe/index.html

El informe de gestión debe efectuarse dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico. Este debe ser publicado dentro de los diez días hábiles posteriores a su presentación.

  • En caso no se cumpla con presentar y publicar el informe de gestión al que se refiere el numeral precedente, la Sociedad BIC incurre en un incumplimiento de las obligaciones asumidas por aplicación de la Ley.
  • En caso los resultados reportados en el informe de gestión no se encuentren relacionados con las obligaciones asumidas en el propósito de beneficio, la Sociedad BIC incurre en un incumplimiento de las obligaciones asumidas por aplicación de la Ley.

No podrás registrarte como Sociedad BIC. El órgano resolutivo de protección al consumidor del Indecopi, ordena a la Sociedad BIC realizar la modificación de su estatuto y denominación o razón social, debiendo la Sociedad BIC solicitar la inscripción de dicho acto en el registro de personas jurídicas de la Sunarp en un plazo máximo de treinta días calendario de consentida o confirmada la resolución administrativa.


El plan estratégico debe contener como mínimo lo siguiente:

  • a) Datos generales de la Sociedad BIC.
  • b) Temporalidad del Plan Estratégico.
  • c) El propósito de beneficio.
  • d) Objetivo/s social/es y sus actividades.